El caso Liz María y la cadena de indicios.-
Por Still Pérez Guzmán.-
Inseguridad, desconsuelo y percepción de debilidad judicial por parte la
población dominicana, han causado las declaraciones de ciertos profesionales
del derecho, respecto al caso Liz María, cuyo cuerpo no ha sido encontrado,
luego de que presuntamente fuera desaparecido tras haberla violado y asesinado
el nombrado "El Panadero", según confesó el mismo acusado ante las
autoridades.
Si bien el caso es complejo y poco frecuente en el país, situación que
es agravada por la no existencia del cuerpo de la niña como elemento material
del crimen, no menos cierto es que el Sistema Penal Dominicano puede lograr
condena, reteniendo violación sexual, asesinato y ocultamiento de cadáver.
La postura que sostienen quienes alegan
que no hay asesinato sin cadáver, se fundamentan en viejas doctrinas jurídicas
ya superadas en las lides académicas por la dogmática penal.
La justicia penal dominicana registra casos emblemáticos de condenas por
homicidio en ausencia de cadáver. El derecho comparado nos muestra decenas de
casos en donde se ha producido condena reteniendo homicidio en circunstancias
similares.
Al lado de la prueba directa para acreditar un hecho en juicio, existe otra
versión de la prueba: la prueba indirecta o indiciaria.
Para sostener una tesis adecuadamente en un juicio de hecho mediante la
prueba indiciaria, es necesario que los indicios sean "plurales,
congruentes, coherentes y estén orientados en la misma dirección".
La narración de los hechos por parte del "Panadero", la relación
entre la niña y éste, las declaraciones de los padres de la víctima, las
imágenes de vídeo, un posible perfil que del acusado haga un perito con
preparación en Psicología Criminal, etc., son indicios lo suficientemente
sólidos para orientar condena reteniendo violación y asesinato, aún en ausencia
del cuerpo como elemento material del crimen.
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