Parte de la función de un Concejal o Regidor.-
El Alcalde debe presentar su plan de gobierno a cuatro años, porque
así está establecido en la Constitución, y la propia Ley 176-07, someterlo al
Consejo de Regidores a partir del Octubre con miras a desarrollar el municipio,
los regidores o concejales surgen de la voluntad popular al igual que el
alcalde. Esto significa que hay dos órganos, El Ejecutivo que lo preside el
Alcalde o Síndico y El Normativo, que lo preside el Consejo de Regidores, sin
la coordinación de esos dos órganos, Barahona no se puede desarrollar. Lo que
pasa es que algunos regidores se creen que son empleados del Síndico o de
cualquier empleado cercano al Alcalde.
El síndico no puede hacer nada, sin la aprobación del Consejo de Regidores.- Quiero decirle los que tienen
derecho a iniciativa o presentar propuestas: Síndico o Alcalde, Regidores, las
instituciones sociales debidamente registradas en el Ayuntamiento (ONGS) Y munícipes.
Ver Ley 176-07.
El dinero que recibe el Ayuntamiento por concepto de la Ley 166-03,
es para ser invertido en el municipio de Barahona, no son del bolsillo del
Síndico, ok., espero que Barahona voten por los regidores y el Alcalde Jean Elías,
del Partido Reformista Social Cristiano, para trabajar con la Ley y la
Constitución. Modesto Regidor para Vencer-PRSC-2020-2024-
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